Instancia en donde se tramita ante el municipio correspondiente la documentación necesaria para aprobar ampliaciones, modificaciones, remodelaciones de cualquier obra a realizar, ya sea de una vivienda, oficina, taller, entre otros. Dentro de estas tramitaciones se encuentra por ejemplo la ley 20.898 (ley del mono), permiso de obra nueva, permiso de obra menor, modificación de permiso, recepción final de la obra.
El propietario que realiza este trámite puede realizar su construcción sin problemas sin arriesgarse a multas, o paralización de la obra. Para el caso de propiedades que se quieran vender, en donde el comprador cuente con un crédito hipotecario o subsidio, se requiere tener regularizado el inmueble. Por último, el hecho de legalizar una propiedad permite cumplir con las disposiciones de la ley (Art. 145 Ley General de Urbanismo y Construcciones) en donde, cualquier obra que es habitada debe contar con la recepción definitiva de las obras.
Conoce el proceso que hay detrás de una regularización normal
Se toman fotografías y medidas de la propiedad para traspasar esa información a planos, informes y formularios.
Se solicita en la dirección de obras toda la información sobre la propiedad (en caso de que no la tenga el o la propietario(a).
Se realIza el armado del expediente, informes, llenado de formularios y planos para ser presentados en la dirección de obras. El propietario(a) debe firmar los documentos.
Se presenta el expediente o carpeta a la dirección de obras respectiva, ya sea en forma digital o presencial.
La dirección de obras revisa el expediente y emite un documento en donde aparece lo que se debe corregir (observaciones).
Se responden las observaciones.
La dirección de obras emite el visto bueno, posterior a esto se pagan los derechos municipales y luego la dirección de obras timbra los documentos para ser entregados al SII y al propietario(a).
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